Guerrero Impulsa Ley para Sancionar el Arrojo de Colillas de Cigarrillo

El estado de Guerrero se encamina hacia una legislación más estricta en materia ambiental. Recientemente, se ha presentado una importante iniciativa que busca sancionar a quienes arrojen las colillas de cigarro en sitios inadecuados, una práctica común con graves repercusiones ecológicas.

La propuesta, impulsada por la diputada Celeste Mora Eguiluz, tiene como objetivo reformar la Ley de Gestión Integral de Residuos del Estado de Guerrero. Esta modificación es crucial, dado que las colillas de cigarro son un desecho altamente contaminante y una de las principales fuentes de basura en espacios públicos. Se estima que una sola colilla puede contaminar hasta 50 litros de agua dulce y 10 litros de agua salada, tardando entre 10 y 12 años en descomponerse.

Más allá de su impacto visual, las colillas contienen sustancias tóxicas como nicotina, alquitrán, plomo, arsénico y cadmio, que se liberan al ambiente, afectando la flora, la fauna y la salud humana. Además, representan un riesgo considerable de incendios, especialmente en temporadas de sequía, y generan altos costos para los ayuntamientos en tareas de limpieza pública.

La iniciativa no solo contempla sanciones, sino que también propone medidas preventivas y de concientización. Entre ellas, destaca la obligación para los establecimientos que venden productos de tabaco de proveer ceniceros o recipientes adecuados para la disposición de estos residuos. Asimismo, busca la creación de un programa denominado “Cero Colillas”, enfocado en la recolección y el reciclaje de estos desechos, promoviendo una cultura de responsabilidad entre la ciudadanía y los comerciantes.

Con esta propuesta, Guerrero busca dar un paso firme hacia la protección de sus ecosistemas y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes. La iniciativa ha sido turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su análisis, marcando un hito en la lucha contra la contaminación por residuos de tabaco en la entidad.

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